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1.2.- Elección de la forma jurídica de constitución.

Caso práctico

En la foto se aprecia un pasillo de la empresa donde están las puertas de los distintos departamentos.  Pasillo y puertas están pintados de color azul.

Jaime y Alba recuerdan que su profesor les explicó en un cuadro comparativo cuáles eran los requisitos para constituir los distintos tipos de sociedades. PROCOS S.L. podría funcionar como una sociedad de otro tipo, pero Jaime piensa que es una sociedad limitada por sus características principales, como lo son sus dos socios, la conveniencia para ellos de tener una responsabilidad limitada y que el capital necesario para la actividad no es demasiado grande. reciente.

Supongo que a estas alturas conoces bien las distintas formas jurídicas de constitución en que puede constituirse una empresa. Siglas como S.L, S.A, S.L.L, etc, no deben tener ningún secreto para ti, pero ¿qué induce a un empresario a elegir una u otra?.

Las empresas se pueden clasificar según distintos criterios. Uno de ellos es atendiendo a su forma jurídica de constitución, que son las distintas posibilidades que existen en España de constituir legalmente una empresa. De la elección de una u otra forma se derivan distintas responsabilidades para los socios promotores, en cuanto a capital a aportar, responsabilidad civil, exigencias legales, etc

Reflexiona

Aunque la forma jurídica de constitución de las empresas difiere unas de otras, lo que es el día a día de la empresa no cambia casi nada. La actividad comercial, productora o extractiva es independiente a su forma jurídica de constitución.

Ejercicio resuelto

La denominación de PROCOS S.L no es casual. El “nombre” nos indica su actividad, PROductos COSméticos y el “apellido” su forma jurídica de constitución, Sociedad Limitada. Aunque a Pedro Javier le surgió la duda en el momento de crear la empresa sobre si adoptar la forma jurídica de Persona Física o una sociedad, comprobó cuales eras las ventajas y desventajas de ambas situaciones. Entra en la página que se te propone en el enlace anterior y localiza la Ventajas y el inconvenientes por el que creas que finalmente Pedro Javier adoptó finalmente la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada:
  • Empresario individual.
  • Sociedades Limitadas.