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5.- Asistencia a la dirección.

Tras analizar las distintas formas de organización empresarial, lo que nos compete ahora es centrarnos en la figura del asistente a la dirección dentro de la organización. Por ello, ahora nos vamos a plantear ¿en qué consiste dicha profesión?, ¿qué formación requiere? y ¿qué lugar ocupará en la empresa?

La profesión de asistente a la dirección, o también llamada secretariado, es desarrollada por un técnico cualificado encargado de la asistencia, tanto a los órganos de dirección como a otros departamentos, en actividades relacionadas con la organización y representación de la entidad, actividades administrativas y documentales y actividades de gestión de la información y comunicación.

Pueden, además, tener cierto poder de decisión y desempeñar otras actividades, en modelos organizacionales descentralizados, donde se les delegue funciones de la dirección.

Caso práctico

Carlos ocupa el puesto de Secretaría de la dirección. Lejos ha quedado el papel tradicional del secretario o secretaria, encargado de servir cafés, hacer fotocopias y atender el teléfono. La asistencia a la dirección engloba muchas más funciones, para lo que se requieren profesionales formados con estudios específicos que adquieren cada vez más responsabilidades, gestionan asuntos y resuelven problemas dentro de una empresa marcada por un contexto dinámico y global.

La formación académica necesaria para desempeñar dicha ocupación es el título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección que obtendrás cursando el presente ciclo formativo de grado superior, perteneciente a la familia profesional de Administración y Gestión.

Para saber más

Puedes ver las competencias profesionales, personales y sociales que va a desarrollar un o una asistente a la dirección en el siguiente enlace, recogidas en el Real Decreto que regula dicho título:

Foto de una mujer representando a una secretaria o asistente a la dirección, con pelo recogido, traje de chaqueta y gafas.

Las ocupaciones y puestos de trabajo van a desarrollar serán los siguientes:

  • Asistente a la dirección.
  • Asistente personal.
  • Secretario o secretaria de dirección.
  • Asistente de despachos y oficinas.
  • Asistente jurídico.
  • Asistente en departamentos de Recursos Humanos.
  • Administrativos en las Administraciones y Organismos Públicos.

Ejercerán su actividad al lado de uno o más directivos o directivas, o ejecutivos o ejecutivas, o bien de un equipo de trabajo (departamento, proyecto, grupo, etc.).